ENTRA EN VIGOR LA NUEVA LEY DE PROTECCIÓN ANIMAL DE LA RIOJA

Hoy, 01 de Diciembre de 2018, entra en vigor la nueva Ley de Protección Animal de La Rioja, impulsada por APARIOJA mediante Iniciativa Legislativa Popular y aprobada en el Parlamento de La Rioja, el pasado 22 de Noviembre de 2018, con el apoyo de PSOE, Cs y Podemos y los votos en contra del PP.

Entre las novedades de esta ley se encuentran las siguientes:

1-)Prohibición del sacrificio de animales domésticos, salvo por motivos de sufrimiento y situación clínica irreversible, con un plazo de moratoria de 6 años. En nuestra propuesta de ley el plazo establecido era de 3 años y existe el compromiso de PSOE, Cs, Podemos para modificar a 3 años el plazo.

2-)Prohibición de circos con animales, de cualquier tipo. Las ciudades no pueden prohibir los circos con animales. Cualquier declaración de una ciudad libre de circos con animales es solo una declaración de buenas intenciones. Solo una ley autonómica, como la aprobada, puede prohibir, en toda nuestra comunidad autónoma, este tipo de espectáculos.

3-)Prohibición de carruseles con ponis.

4-)Definición de animal abandonado. Todos aquellos que circulan o deambulan sin el acompañamiento de persona alguna, estando o no identificado su origen o persona propietaria o poseedora, y no habiendo sido denunciada su pérdida, sustracción por su propietario o poseedor en el plazo de cuarenta y ocho horas, desde que se produjo la misma, ante la Administración competente.

La falta de comunicación en dicho plazo será considerada abandono, salvo prueba en contrario.

Asimismo, serán considerados animales abandonados aquellos que, pese a no conllevar riesgo, son olvidados voluntariamente por sus propietarios o poseedores en guarderías o similares.

5-)Prohibición de tenencia permanente de animales en terrazas, trasteros, patios.

6-)Prohibición de uso de perros como barrera de ganado. Perros atados a un poste permanentemente, sin caseta que los proteja, como medida disuasoria para el paso del ganado.

7-)Control de palomas preferentemente con sistemas de control de natalidad mediante retirada de huevos y uso de piensos anticonceptivos, como alternativa a ser gaseadas.

8-)Obligación de comunicación de muerte de animales de compañía mediante emisión de certificado veterinario y especificando si existe indicio de violencia.

9-)Prohibición de mutilaciones por razones estéticas (extirpación de uñas, cuerdas vocales, corte de orejas, rabo, etc).

10-)Prohibición de mendicidad valiéndose de animales.

11-)Prohibida la venta de animales entre particulares.

12-)Esterilización obligatoria en cualquier transacción (venta, cesión, adopción en centros de acogida, como la perrera, etc).

13-)Obligatoriedad de existencia de centros de acogida de animales en poblaciones con más de 10.000 habitantes.

14-)Se creará el registro de centros de animales de compañía en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

15-)Regulaciones obligatorias en Centro de Acogida de Animales (perrera). Entre ellas, publicitar a todos los animales albergados en la página web de los centros de acogida de animales de compañía desde que ingresan en los mismos, indicando en una ficha todos los datos del animal, circunstancias y plazos de vencimiento; garantizando que todos los animales sean igualmente promocionados.

16)Los centros de acogida de animales de compañía podrán ser gestionados por la Administración o asociaciones de protección de animales que actúen como entidades colaboradoras.

17)Servicio obligatorio de recogida de animales, indistintamente de su condición, las 24 horas del día y atención veterinaria.

18-)Gestión ética de colonias felinas urbanas.

19-)Posibilidad de declarar a las asociaciones de protección animal, entidades colaboradoras de la Comunidad Autónoma de La Rioja, previo cumplimiento de requisitos.

20-)Las asociaciones de protección y defensa de los animales que actúen como entidades colaboradoras se reconocerán como parte interesada en los procedimientos sancionadores abiertos en materia de protección animal.

21-)Nuevas competencias y potestades en actuaciones inspectoras.

22-)Los animales destinados a la venta no se podrán exhibir en los escaparates o zonas expuestas en vía pública.

23-)Queda prohibida la utilización de animales en espectáculos, peleas, fiestas populares, filmaciones, actividades publicitarias, actividades culturales o religiosas, y otras actividades que puedan ocasionarles daño o sufrimiento, que impliquen tortura, crueldad, maltrato, degradación o en aquellos en los que sean objeto de tratamientos antinaturales representando conductas o situaciones impropias de su especie.

24-)Incautación provisional, a criterio del agente que realiza la inspección, y la incautación definitiva como medida sancionadora.

25-)Inhabilitación para la tenencia de animales como medida sancionadora.

26-)Prohibición de tener a los animales atados o encerrados permanentemente. Nuestra asociación abogó por la prohibición de atar a los animales, en las propiedades privadas, pero finalmente no fue así.

27-)Obligatoriedad de implantación de medidas para la prevención de accidentes de aves debido a edificaciones y estructuras.

28-)Prohibida la venta de animales a menores de 18 años.

29-)Prohibición de collares con pinchos, collares eléctrico o accesorios que ahorquen o produzcan sufrimiento a los animales.

30-)El Gobierno de La Rioja programará, periódicamente, junto con las entidades defensoras y colaboradoras, campañas divulgadoras e informativas del contenido de esta ley para los cursos escolares y para la población en general, y tomará medidas que contribuyan a fomentar el respeto y la defensa de los animales en colaboración con estas entidades.

A continuación el enlace desde donde podrán descargar la nueva ley:

https://ias1.larioja.org/boletin/Bor_Boletin_visor_Servlet?referencia=8916185-1-PDF-521000

A partir de hoy los animales en La Rioja comienzan a tener derechos.

Es tarea de todos el ayudar a que esta ley se cumpla para que todos los animales de nuestra comunidad autónoma puedan vivir con dignidad.

Agradecemos nuevamente a todos los que de una u otra forma han hecho posible que esta nueva ley sea una realidad.

Asociación Protectora de Animales en La Rioja

C/ Doctores Castroviejo 3, bajo, 26003, Logroño, La Rioja, España.
T: 941 233 500
Móvil/Whatsapp: 679 064 646 (solo URGENCIAS)

Horario:
De lunes a sábado de 10,30 a 13,30 y de 17,30 a 20,30.
Sábado por la tarde cerrado

www.aparioja.org